Varias embarcaciones de recreo fondeadas en una cala
El Consejo de Ministros aprobó ayer, a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, el proyecto de Ley de modificación del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante así como de la Ley de Navegación Marítima. Las nuevas normas otorgan a la actividad náutica un tratamiento con rango de ley, incluyéndola como una categoría más de navegación con autonomía jurídica propia.
Para la náutica de recreo, la reforma de ambos textos supone un avance histórico en derechos, refuerza su reconocimiento en el ámbito normativo y otorga seguridad jurídica al sector. Así, la navegación de recreo y deportiva va a contar con un capítulo propio en la nueva ley, que incorpora una serie de normas, algunas de ellas especialmente innovadoras que darán solución a necesidades prácticas esenciales para fortalecer la modernización y mejora de la competitividad del sector náutico, y en cuya consecución ha sido esencial la labor de ANEN con la Dirección General de la Marina Mercante.
Entre las novedades más relevantes que se incluyen está la regulación mediante un procedimiento notarial para el abandono de embarcaciones y buques de recreo, lo que evitará que las instalaciones náuticas deban recurrir a la vía judicial para conseguir la declaración de abandono de embarcaciones de recreo que se encuentren en esta situación tanto las amarradas en los pantalanes como en los varaderos. En caso de impago del deudor, se procederá a la subasta notarial o al desguace directamente en atención al valor de la embarcación.