CON SENTIDO COMÚN

GABRIEL DOLS

He presidido la Asociación de Navegantes (ADN) Mediterráneo durante cuatro años. Antes fui presidente del Club Nàutic S’Arenal (8 años) y formé parte de la Junta Directiva de la Federación Balear de Vela. Soy regatista por "navegación". Abogo por un mar en libertad y al alcance de todos los ciudadanos. No hay mejor motor que el sentido común.

El doble rasero de los políticos con los vertidos queda acreditado

Análisis del auto que confirma el archivo de la denuncia de los navegantes contra el Govern por no perseguir la contaminación marina de sus propias depuradoras

Emisario público arrojando toda clase de detritos contaminantes a la Bahía de Palma.

Es otro el criterio del letrado de la Comunidad Autónoma, que considera que no hay evidencias científicas de que el funcionamiento de los emisarios produzca una afección negativa al hábitat de la posidonia” (AUTO NÚM. 294/23).

El párrafo anterior es una transcripción textual de parte del auto de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial que ha confirmado el archivo de la denuncia interpuesta por la Asociación de Navegantes (ADN) ante la ausencia de expedientes sancionadores del Govern balear en relación a los vertidos de aguas residuales mál depuradas al mar.

Tal vez una segunda lectura les pueda dar luz sobre el tema, ya que el “funcionamiento de los emisarios” difícilmente puede producir una afección negativa medioambiental; otra cosa distinta son las consecuencias de su mal funcionamiento, tal y como se desprende del informe del SEPRONA que atribuye al emisario de EMAYA nada menos que la destrucción de 2.000.000 metros cuadrados de pradera de posidonia (equivalentes a 280 veces toda la superficie del césped del estadio de fútbol de Son Moix) o de los estudios de entidades científicas independientes reconocidas de nuestra comunidad cuando revelan que la tubería submarina de La Savina, en Formentera, degrada la posidonia a un ritmo de un 24% anual. Ambos casos nos hacen discrepar acerca de la pretendida falta de “evidencias científicas”.

Sigamos con este otro párrafo extraído de la citada resolución judicial: “El auto impugnado no niega efectivamente, según el informe del SEPRONA, que se han vertido aguas no depuradas por parte de EMAYA y que sin embargo no ha sido sancionada, acreditándose también a criterio del magistrado instructor que se ha perjudicado a la posidonia

Hay que poner en valor que los hechos denunciados en su día por la Asociación de Navegantes son los que el auto refleja y corrobora. A partir de ahí hay que respetar el punto de vista y la resolución de la Justicia. Es evidente que el reconocimiento de unos hechos no implica que sean constitutivos de delito. Pero esta inacción voluntaria por parte de los responsables de velar por el medioambiente, sin abrir ni tan sólo un expediente, evidencia un doble rasero. Es un hecho que el Govern ha cargado contra el ciudadano de a pie, ignorando que llevamos toda la vida pagando un impuesto como el canon del agua para que esto no suceda. El pretexto de que no se pueden cerrar estas instalaciones no debería ser un salvoconducto eterno para que la Administración no cumpla con la Ley.

La Unión Europea está multando a España por el incumplimiento de la directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales de forma muy dura, pero esto no implica el cierre de las depuradoras. A un ciudadano, cuando incumple la ley, no le sirve el pretexto de estar haciendo lo posible para que no ocurra de nuevo; se le sanciona y punto. Resulta difícil de entender que esta excusa sí pueda eximir de responsabilidades a los políticos. Y, lo más grave, que a la vez se les permita exigir el cumplimiento de las leyes a su conveniencia.

La deriva de intentar tapar la responsabilidad de la Administración ya se inició años atrás, cuando el Govern balear, en mayo de 2017, eliminó de su primer borrador del decreto para la conservación de la posidonia la prohibición de vertidos sobre praderas de posidonia, consciente de su implicación en los mismos. No me negarán que dicha actitud chirría un poco si la verdadera voluntad era conservar esta planta.

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares, en su sentencia 248/2021, a raíz de un contencioso administrativo interpuesto por el sector náutico en relación al referido  decreto de la posidonia, señala literalmente en su página nueve: “Puede compartirse la apreciación de las asociaciones recurrentes en el sentido de que la proclamada acción administrativa en defensa de la protección de la especie amenazada nace ya recortada cuando se renuncia a adoptar medidas efectivas para el control de unas de las principales causas de dicha amenaza. Sin duda por la implicación de la propia Administración en tales vertidos”. El juez no podía ser más claro y preciso. El Consell Econòmic i Social en su dictamen también solicitó que se volviera a incluir dicha prohibición, sin éxito.

Nadie duda de que si en lugar de la Administración fuese un ciudadano corriente el que ha hecho uso del típex, para convertir al causante del delito medioambiental más grave del mar Mediterráneo en décadas en un “causante desconocido”, estaríamos hablando de fuertes multas y penas de cárcel.

El auto de la Audiencia Provincial supone toda una derrota, sí, pero desde su acepción marinera (rumbo de una embarcación), pues nos marca la línea a seguir en nuestra lucha por el medio ambiente. Los hechos mencionados en las líneas precedentes son claros. Si el principal motivo de una ley es la preservación de un hábitat protegido, no parece muy coherente hacer y permitir distinciones de su aplicación en función de las conveniencias políticas. No ha de ser sólo retórico el principio fundamental de que todos somos iguales ante la Ley.

Si hemos llegado a esta situación, es porque los políticos han logrado que, tanto en este caso como en otros muchos, los ciudadanos pensemos con las orejas (lo que nos dicen lo tomamos como verdad absoluta), sin detenernos a pensar que lo que realmente cuenta son los hechos que vemos y padecemos.


Gabriel Dols era presidente de ADN en el momento de interponer la denuncia.

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